viernes, 6 de marzo de 2020

Solicitudes en diligencias preliminares de fiscal



                                                                                    Carpeta Fiscal N°: XXX - 2020
                                                                                    Fiscal Provincial : XXXX XXXX XXXX
                                                               Sumilla: Solicito levantamiento del secreto de las comunicaciones y otro,

SEÑOR FISCAL DE LA FISCALÍA ESPECIALIZADA EN VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR DE PAITA

Jonnathan Juniver Chafloque Periche, Abogado defensor del ciudadano XXXXXXX XXXXXX XXXXX, en la investigación de diligencias preliminares seguidas en su contra por el presunto delito de violación sexual, en agravio de la menor de iniciales XXXX. (15), ante su despacho me presento y digo:

Que, acudo ante su honorable despacho, en el marco de las diligencias de investigaciones preliminares, con la finalidad de solicitar el levantamiento del secreto de las comunicaciones de los números celulares XXXXXX8 y XXXXX9 que pertenecen a la menor de iniciales XXXX. (15) para que se informe de los titulares, registro de llamadas salientes y entrantes, duración de llamadas, contenido y otros detalles, hechas a los números de celulares XXXXXXX y XXXXXX del investigado, donde se acredita la relación clandestina de pareja.

Respecto al número celular XXXXX8, el primer número donde se comunicaba la menor con mi defendido, tenemos llamadas entrantes y perdidas entre las fechas del 17 al 18 de enero del 2020; del mismo modo, el número celular XXXXXXXX9 usado posteriormente por la menor para llamar al investigado, tenemos llamadas entrantes y perdidas entre las fechas del 11 al 13 de febrero del 2020.

Que, lo solicitado resulta pertinente, útil y conducente, en razón que conducirá a esclarecer el hecho imputado a mi defendido, pues se acredita que la menor también ha realizado llamadas telefónicas a mi patrocinado, producto de la relación de pareja que han sostenido, y que las declaraciones expuestas en cámara gessell no se ajustan a la realidad de los hechos, pues ha mentido y ha sido manipulada por sus familiares.

Que, fundamento la presente petición en base al Art. 2° inc. 20 de la Constitución Política del Perú; Art. 71° núm. 1 y Art 84° numerales 5 y 6 del Código Procesal Penal.

OTROSI DIGO.- Que, anexo al presente la impresión a color de 11 (once) capturas de pantalla, donde se acredita las llamadas perdidas y entrantes, de los números antes mencionados, para que se tenga presente.

                     Por lo Expuesto:

A usted señor fiscal se sirva acceder a mi solicitud de acuerdo a Ley.
                                                                
Paita, 04 de Marzo del 2020.

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