domingo, 26 de julio de 2020

SOLICITO PRESCRIPCIÓN DE PAPELETAS DE INFRACCIÓN TRANSITO Y OTRO

“Año de la Universalización de la Salud”

 

SUMILLA: SOLICITO PRESCRIPCION DE PAPELETAS DE INFRACCIÓN TRANSITO Y OTRO

 

SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PAITA

 

XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXX, con DNI Nº XXXXXXXX, Domiciliado en el XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX - Fonavi – Paita, Celular N° XXXXXXXXX; ante usted me presento y digo:

 

I.- PETITORIO:

 

Acudo a su distinguido despacho para solicitar la prescripción de Papeleta Nº 006000 del XX de febrero del 2014, por la infracción M03; así mismo, la eliminación del sistema respectivo.

 

II.- FUNDAMENTOS DE HECHO:

 

1.  Que, en calidad de propietario del Vehículo menor de placa NB-XXXX, me apersono a su despacho para manifestarle que al haber solicitado el certificado de no adeudar Infracciones de Tránsito, me han informado que mi Unidad cuenta con 01 papeleta de Infracción al reglamento Nacional de Tránsito.

 

2. Cabe mencionar, que mi persona (de manera responsable) al acercarme para realizar el pago de la papeleta me señalaron que solo debía pagar el monto de S/. 185.50 y con ello quedaba liberado del pago de la totalidad que corresponde a la infracción cometida, por ello con fecha 21 de enero del 2014 efectué el pago indicado en la caja respectiva a favor de su representada.

 

3. Que habiendo transcurrido más de 4 años sin que la oficina de Administración Tributaria de la Municipalidad Provincial de Paita, haya exigido la totalidad del pago de la deuda, correspondiente a la papeleta de transito impuesta el 13 de febrero del año 2014, por lo que solicito la PRESCRIPCIÓN de la misma.

 

4.   Se debe tener en cuenta que, con la prescripción, la Municipalidad Provincial de  Paita, pierde el derecho de exigir el pago de la papeleta, exigiendo el derecho a accionar por haber transcurrido el lapso de tiempo, quedando de esta manera liberado del cumplimiento de tal pretensión.

 

III.- FUNDAMENTOS DE DERECHO:

 

•          Art.47 del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante D.S. Nº133-2013-EF, la prescripción solo puede ser declarada a pedido del deudor tributario.

•          Art. 338 del Código de Transito, aprobado mediante DS Nº016-2009-MTC, y en mérito al Art. 233º, de la Ley de Procedimiento de Procedimientos Administrativo General Ley Nº 2744.

 

IV.- ANEXOS:

 

ü  Copia de DNI

ü  Copia de Tarjeta de identificación vehicular

ü  Copia simple del sistema Nacional de Consulta de Sanciones

ü  Recibo N° 201400005869 (D) de fecha 21/02/2014

 

POR LO EXPUESTO:

 

Sírvase admitir mi solicitud en el plazo más breve posible y conforme a ley.

 

Paita, 27 de julio del 2020.

 

  

 


XXXXXXXXXXXXXXX

DNI Nº XXXXXXXX


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